lunes, 27 de enero de 2014

RESUMEN SENTENCIA SOBRE LA ARENA


De las sentencias dictadas por el TSJC

Daños morales.-
La zozobra, inquietud, inseguridad y amenaza cierta de la pérdida de sus viviendas que vienen sufriendo sus propietarios, han supuesto un indudable sufrimiento moral que es susceptible de ser indemnizado, porque los daños consumados forman parte del acervo moral de padecimiento psíquico de los afectados.
Daños físicos.-
Los afectados tienen legítimo derecho a ser indemnizados por todos los daños y perjuicios que la demolición de sus inmuebles les acarree.
Administraciones responsables.-
Ambas administraciones, Ayuntamiento y Gobierno, deben ser consideradas responsables del funcionamiento de los servicios públicos causantes del daño, por tanto, el deber de repararlo recae solidariamente sobre ambas.
Decisión de la sala.-

La aprobación por la Comisión Regional de Urbanismo de las Normas Subsidiarias del Planeamiento del Ayuntamiento de Arnuero, por el modo en que se llevó a cabo y por la ilegal y arbitraria clasificación como suelo urbano de terrenos que carecían por completo de este carácter, contrariando informes técnicos del expediente, pudiera ser  constitutiva de delito, por lo que nos parece conveniente deducir  el oportuno testimonio al Ministerio Fiscal. 

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